En la jornada del miércoles 3 de septiembre de 2014
comenzaron los alegatos de las partes.
Los fiscales Hernán I. Schapiro y Gerardo R.
Fernández comenzaron su exposición enumerando a los acusados, el tipo de
delitos endilgados y la cantidad de víctimas por la que deben responder en cada
caso.
La fiscalía consideró que por la privación ilegítima
de la libertad y aplicación de tormentos en 128 casos y por 2 homicidios deben
responder Rufino Batalla e Isaac Crespín Miranda.
Por la privación ilegítima de la libertad y
aplicación de tormentos en 127 casos y por 4 homicidios, Jaime Lamont Smart.
Por la privación ilegítima de la libertad y
aplicación de tormentos en 127 casos y por 2 homicidios, Héctor Raúl Acuña,
Gustavo Adolfo Cacivio, Raúl Ricardo Espinoza, Ricardo Armando Fernández,
Claudio Raúl Grande, Emilio Alberto Herrero Anzorena, Carlos del Señor Hidalgo
Garzón y Anselmo Pedro Palavezzati.
Por la privación ilegítima de la libertad y
aplicación de tormentos en 124 casos y por 2 homicidios, Luis Orlando Perea.
Por la privación ilegítima de la libertad y
aplicación de tormentos en 113 casos y por 2 homicidios, Carlos María Romero
Pavón.
Por la privación ilegítima de la libertad y
aplicación de tormentos en 35 casos y por 2 homicidios, Miguel Ángel Amigo.
Por la privación ilegítima de la libertad y
aplicación de tormentos en 22 casos y por 2 homicidios, Roberto Armando
Balmaceda y Jorge Héctor Di Pasquale.
Por la privación ilegítima de la libertad y
aplicación de tormentos en 3 casos, Juan Carlos Herzberg.
Finalmente, por 2 homicidios, Miguel Osvaldo
Etchecolatz, Julio César Garachico, Eduardo Gargano y Horacio Elizardo Luján.
Realizaron luego una suscinta reseña del contexto
histórico-político. Refirieron algunas normas que enmarcaron la persecución
política antes del golpe de 1976, destacando que a partir de entonces la misma
tuvo un carácter eminentemente ilegal y clandestino y que acciones no previstas
por la legislación represiva anterior fueron llevadas adelante con recursos del
Estado: la instauración de un sistema de lugares clandestinos para torturar y
mantener a las personas secuestradas, la rapiña generalizada, la apropiación de
menores, el asesinato y el ocultamiento de los cuerpos. Argumentaron también
que se trató del ataque a un sector heterogéneo de la población civil que fue
pensado como enemigo interno a aniquilar. Se trató de un plan articulado puesto
en funcionamiento con el propósito de reconfigurar el sistema económico y la
sociedad. El marco general para ello fue la “Doctrina de la Seguridad Nacional ”.
Las acciones y prácticas criminales llevadas adelante son conocidas a partir
del testimonio de las víctimas y las pruebas encontradas en los pocos cuerpos
hallados y analizados por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).
A continuación se centraron en la descripción general
de lo que fue el Centro Clandestino de Detención La Cacha ,
las fuerzas de seguridad que actuaron en él y cómo funcionaba. A partir de las
declaraciones de personas liberadas, hicieron una reconstrucción general de las
distintas etapas: secuestro, interrogatorios bajo tortura en un lugar aledaño,
alojamiento prolongado en el edificio principal, ulterior traslado.
Los interrogatorios bajo tortura se realizaban
sistemáticamente en un lugar aledaño al edificio principal; en ellos
participaban un número indeterminado de hombres. Aplicaban electricidad en
distintas partes del cuerpo, golpes con una goma en las articulaciones,
simulacros de asfixia. Los fiscales también se refirieron a la desnudez a la
que obligaban a todos antes de aplicar los distintos tormentos. Todo esto se
veía agravado en los casos en que las víctimas eran judías. También se
realizaban interrogatorios sin aplicación de torturas en otro lugar, una casa
rodante.
Reseñaron las características generales del
cautiverio. Las personas permanecían encapuchadas, engrilladas al piso o a
catres. La alimentación era escasa y en pocas ocasiones podían ir al baño a
orinar o defecar. Cuando les era permitido bañarse, las mujeres eran observadas
por quienes estaban encargados de controlar a los secuestrados. Los fiscales se
refirieron a la violencia sexual como prácticas que formaron parte del conjunto
de crímenes cometidos.
Indicaron que actuó allí personal de la Armada , el Ejército, el
Servicio Penitenciario de la
Provincia de Buenos Aires, además de destacar el rol preeminente
que tuvo el área de Inteligencia del Ejército. Señalaron que el Destacamento de
Inteligencia 101 tenía el control operacional del lugar. El Destacamento 101
proveía la información para realizar los secuestros y parte del equipo de
personas que realizaban los interrogatorios bajo tortura y se ocupaban de
controlar a los secuestrados. Éstos provenían de distintos grupos políticos,
sindicales, estudiantiles con militancia en la zona de La Plata y en su gran mayoría
eran hombres y mujeres jóvenes.
En cuanto al vínculo de La Cacha
con otros campos de concentración, solamente refirieron al traslado de algunas personas secuestradas
a un lugar indeterminado que denominaban Casita
Azul o Cachavacha Superstar. Por
otra parte, muchas personas que luego fueron liberadas, fueron trasladadas
previamente a la Comisaría
8va de La Plata. Al
ser liberadas, en general, eran abandonadas en los alrededores de La Plata.
También se refirieron en forma detallada al papel que
ocupó el área de Inteligencia del Ejército en llevar adelante la persecución y
represión durante la dictadura, citando para ello distintos reglamentos
internos del Ejército. En el esquema general, el Destacamento de Inteligencia
101 ocupó un rol protagónico en la zona de La Plata. Tuvo cierta
injerencia en otros campos de concentración como el Pozo de Banfield, el Pozo de
Quilmes, el que funcionó en 1 y 60 en La Plata , pero en La Cacha
tuvo el control operacional; el personal del Destacamento participaba en los
secuestros, interrogatorios, vigilancia durante el secuestro, decisión sobre
los asesinatos o liberaciones, además de coordinar las operaciones con otras
fuerzas.
Los fiscales mencionaron algunos ejemplos de este
vínculo. Ricardo Armando Fernádez -personal de inteligencia del Destacamento
101- entregó a los hijos recién nacidos de María Rosa Ana Tolosa a su primo,
Samuel Miara, y su esposa, Beatriz Alicia Castillo; Juan Carlos Herzberg -de la Armada- entregó a la hija
recién nacida de María Elena Isabel Corvalán a Omar Alonso y su esposa, María
Luján Di Mattía; Gustavo Adolfo Cacivio –personal de inteligencia del
Destcamento 101- admitió haber tomado contacto con algunos secuestrados del
llamado “Grupo de los Siete” –María Magdalena Mainer, Joaquín Pablo Mainer,
Guillermo Marcos García Cano-, además de ser reconocido por las personas
liberadas como el principal interrogador en La Cacha ;
Juan Carlos Negri –personal de inteligencia del Destacamento 101 que falleció
antes de que la causa llegara a juicio- informó a la familia de Alejandro
Enrique Gutiérrez cómo se encontraba mientras permanecía secuestrado en La Cacha ;
Alejandro Agustín Arias Duval –jefe del Destacamento 101- entregó a la hija
recién nacida de Olga Noemí Casado a Esteban Santillán y su esposa, Celia
Beatriz Ger.
Finalmente, bosquejaron la estructura interna del
Destacamento de Inteligencia 101 y ubicaron en ella a los imputados.
Por su parte, la Sección Grupo de
Actividades Especiales realizaba los secuestros, era la parte operativa
complementaria. Se desempeñaron en ella los imputados Rufino Batalla, Jorge
Héctor Di Pasquale y Ricardo Armando Fernández.
En el último tramo de la audiencia, Schapiro y
Fernández comenzaron a describir los hechos de los que resultaron víctimas
1.
Patricia
María Pérez Catán –Pachi-, liberada;
2.
Oscar
Horacio Molino –Cacho-, liberado;
3.
Julio
César Chávez –Cacho-, liberado;
4.
Alcides
Chávez, liberado;
5.
Marcela
Mónica Quintella, liberada;
6.
Margarita
Ofelia Ercole, desaparecida;
7.
Mónica
Susana Tresaco, desaparecida;
8.
Fernando
Reyes –Juan-, liberado;
9.
Julián
Roberto Duarte –Lián-, liberado;
10. José Luis Barla –Duro-, liberado;
11. Juan Carlos Bongiorno –El Bombero-, liberado;
12. Octavio Alcides Barrenese –El Vasco-, asesinado;
13. Adrián Claudio Bogliano –Chaira-, asesinado;
14. Norma Beatriz Martínez –Paula-, desaparecida;
15. Mauricio Emeraldo Mansilla, liberado;
16. Ernesto Carlos Otahal, liberado;
17. María Ilda Delgadillo, asesinada;
18. César San Emeterio, asesinado;
19. Eduardo César Cédola, liberado;
20. Liliana Beatriz Méndez, liberada;
21. Juan Carlos Guarino, liberado;
22. María Elena Varela, liberada;
23. Roberto Omar Zaffora –Simón-, desaparecido;
24. María del Carmen Barros, desaparecida;
25. María Mercedes Hourquebie, asesinada;
26. Bonifacia del Carmen Díaz, -Mary-, liberada;
27. Elvira Rosa Díaz, liberada;
28. Jorge Edgardo Guastapaglia, liberado;
29. Mario Alfredo Guastapaglia, liberado;
30. Eduardo Jorge Balboa, liberado;
31. Elena Arce, asesinada;
32. Nora Livia Formiga, asesinada;
33. María Teresa Calderoni –La Tana-,
liberada;
34. Olga Noemí Casado –Julia-, asesinada;
35. Rubén Darío Barriento, liberado;
36. Alberto Alfio Cavalié, liberado;
37. Esteban Colman, liberado;
38. Marta Alicia Di Paolo –Susana-, desaparecida;
39. Eduardo Luis Caballero –Chaira, Chichi-, desaparecido;
40. Alicia Ester Martelotti, liberada;
41. Alfredo Aurelio Tarruella, liberado;
42. Samuel Leonardo Slutzky –Sami-, desaparecido;
43. Laura Susana Cédola, desaparecida;
44. José Manuel Monteagudo –Manolo-, desaparecido.
La próxima audiencia fue convocada para el viernes 5
de septiembre a partir de las 10.00 hs. Se prevé continuar escuchando el
alegato del Ministerio Público Fiscal.
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