La última jornada del juicio, viernes 24 de octubre
de 2014, comenzó cerca del mediodía.
Las partes se reunieron para escuchar las últimas
palabras del imputado Luis Orlando Perea, quien rechazó hacer declaraciones. El
presidente del tribunal dio por cerrado el debate y convocó para escuchar el
veredicto a partir de las 18.00 hs.
Antes de que todos comenzaran a dejar la sala, el
defensor oficial ad hoc Martín José
Adrogué solicitó que sus defendidos fueran llevados a sus lugares de detención,
ya que no querían estar presentes en la lectura de la sentencia y que los
únicos que querían hacerlo eran Héctor Raúl “El Oso” Acuña y Miguel Osvaldo
Etchecolatz. Dijo además que les aconsejaron a los familiares de los imputados
no asistir a la audiencia para prevenir reacciones del público. Al pedido
adhirieron los abogados Juan José Lossino por los imputados Claudio Raúl Grande
y Julio César Garachico y Jaime Lamont Smart por sí mismo.
El presidente del tribunal les recordó que esto ya
había sido resuelto en la audiencia anterior y tanto él como los otros
integrantes del tribunal opinaron que los imputados deben estar presentes a la
hora de divulgarse la sentencia.
*
Pasadas las 19.00 hs el tribunal ingresó en la sala.
Cientos de familiares, sobrevivientes y periodistas esperaban ansiosamente
desde hacía horas escuchar la sentencia que pondría fin a diez meses de
audiencias.
En los primeros once apartados del veredicto el
presidente del tribunal hizo referencia al rechazo de los distintos planteos
formulados por las defensas. Luego fue el turno de las condenas. Por unanimidad
condenaron a Jaime Lamont Smart, Miguel Osvaldo Etchecolatz, Gustavo Adolfo
Cacivio, Héctor Raúl Acuña, Roberto Armando Balmaceda, Ricardo Armando
Fernández, Isaac Crespín Miranda, Emilio Alberto Herrero Anzorena, Anselmo
Pedro Palavezzati, Carlos María Romero Pavón, Carlos del Señor Hidalgo Garzón,
Horacio Elizardo Luján, Miguel Ángel Amigo, Jorge Héctor Di Pasquale y Julio
César Garachico a la pena de prisión
perpetua e inhabilitación absoluta y
perpetua, accesorias legales y pago de las costas del proceso por
complicidad en el genocidio perpetrado durante la última dictadura
cívico-militar (1976-1983), al intervenir en la matanza de miembros de un grupo
nacional, en la lesión grave de la integridad física o mental de los miembros
del grupo y en el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia
que han acarreado su destrucción física total o parcial, mediante la comisión
de los delitos de homicidio, privación ilegítima de la libertad y aplicación de
tormentos. En todos los casos Carlos Alberto Rozanski hizo constar su
disidencia en cuanto a los agravantes por duración de la privación ilegítima de
la libertad en algunos casos y por alevosía en los casos de homicidio.
También por unanimidad condenaron a Rufino Batalla y
Raúl Ricardo Espinoza a la pena de 13
años de prisión, inhabilitación
absoluta por el tiempo de la condena, accesorias legales y costas del
proceso, como cómplices de genocidio en los mismos términos que los anteriores,
por los delitos de privación ilegítima de la libertad y aplicación de
tormentos. Por mayoría de los jueces Carlos Alberto Rozanski y Pablo Jantus
condenaron a Claudio Raúl Grande a la misma pena que los anteriores, en los
mismo términos. En los tres casos las penas fueron menores por haber sido
considerados partícipes secundarios. Rozanski también manifestó que votó en
disidencia en cuanto a la intervención en los hechos, a la pena aplicada y a
los agravantes en algunos casos.
Condenaron por unanimidad a Juan Carlos Herzberg a la
pena de 12 años de prisión, inhabilitación absoluta por el tiempo de la
condena, accesorias legales y costas del proceso, como cómplice de genocidio en
los mismos términos que los anteriores, por privación ilegítima de la libertad
y aplicación de tormentos. En este caso la disidencia de Rozanski fue por el
monto de la pena aplicada.
Por mayoría de los jueces Pablo Jantus y Pablo Daniel
Vega absolvieron a Luis Orlando Perea, con disidencia del juez Rozanski que
votó por su condena. Otros cuatro imputados -Roberto Armando Balmaceda, Jorge
Héctor Di Pasquale, Carlos María Romero Pavón y Jaime Lamont Smart- fueron
absueltos parcialmente, en algunos casos por unanimidad y en otros por mayoría.
También por mayoría de Pablo Jantus y Pablo Daniel
Vega resolvieron mantener el beneficio de prisión domiciliaria que gozan los
condenados Miguel Ángel Amigo, Ricardo Armando Fernández, Juan Carlos Herzberg
y Eduardo Gargano –en favor de quien se suspendió el juicio en audiencias
pasadas.
Dispusieron además que se investigue la participación
de Lucas Manuel Gordillo en los crímenes cometidos en La Cacha ,
agente del Servicio Penitenciario Bonaerense visto en aquel lugar por una
testigo que declaró en las audiencias.
Finalmente, ordenaron que una vez que la sentencia
quede firme, se inicie el proceso de baja por exoneración a los condenados y se
desafecten el inmueble donde funcionó el Destacamento de Inteligencia 101 y el
predio donde funcionó el Centro Clandestino de Detención La Cacha
para que sean destinados como Sitios de Memoria.
Los únicos incidentes que se registraron corrieron
por cuenta de los imputados, en contraste con lo que el defensor púbico ad hoc
había sugerido. El condenado Héctor Raúl Acuña tuvo que ser sujetado por
agentes penitenciarios mientras vociferaba y amenazaba al público. El que fue
su superior, Isaac Crespín Miranda, ingresó a la sala insultando
ostensiblemente al público y Miguel Osvaldo Etchecolatz sostuvo en sus manos un
enigmático papel con el nombre de Jorge Julio López y echaba permanentemente
miradas amenazantes a los familiares sobrevivientes que presenciaban la
audiencia a escasos metros.
Sólo la esposa del penitenenciario Acuña asistió a la
audiencia rodeada de periodistas, familiares y sobrevivientes quienes sólo
atendían a la lectura de una sentencia esperada durante décadas.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el
viernes 19 de diciembre a las 18.00 hs.