En la jornada del
miércoles 8 de octubre de 2014 finalizaron los alegatos de las defensas.
En primer lugar se
escuchó al abogado Martín Herrero Carré, defensor de Luis Orlando Perea, quien
reivindicó la tarea del Ministerio Público Fiscal por demostrar convicción en
las instituciones frente a, lo que consideró, el clamor de venganza.
Dijo que no existen
medidas probatorias para inculpar a Perea, quien no tiene nada que ver con los
hechos que se investigan. Indicó además que el pedido de absolución efectuado
por los fiscales coincide con la opinión de una de las querellas, la de la Asamblea Permanente
por los Derechos Humanos La
Plata (APDH La
Plata ), quien no acusó a Perea en su alegato.
Afirmó que del
legajo personal no surgen pruebas sobre la participación de su defendido en los
crímenes imputados y que aquel no tuvo la posibilidad de emitir ni transmitir
órdenes dentro de la estructura represiva; lo calificó como un “cuatro de
copas”. El imputado tampoco habría sido visto en La Cacha
ni fue mencionado por los sobrevivientes.
Permanentemente
hizo hincapié en que las acusaciones encubren la venganza y pidió al tribunal
que no lo convalide. Solicitó la absolución de su defendido y que se ordene su
libertad.
En segundo lugar
habló el abogado Juan José Losinno, defensor de Claudio Raúl Grande. Su alegato
se extendió por horas, reproduciendo todas las conjeturas que formuló en 10
meses de debate.
A poco de comenzar
su exposición, el tribunal le ordenó retirar una cámara que había instalado en
el centro de la sala sin solicitar permiso. Losinno había contratado a un
estudio de imagen y sonido para que filmara su histriónica alocución y
proyectara en una pantalla algunas imágenes. Fue poco feliz que el nombre de la
empresa fuera Estudio 101, lo que despertó suspicacias en el público.
El abogado defendió
la inocencia del veterinario e insistió en que fue confundido con Estanislao
Chiara Vieyra, otro integrante del Destacamento de Inteligencia 101 que no fue
investigado en esta causa. Mostró imágenes del legajo de este último, repasó
cuáles eran sus características físicas y sus aficiones y comparó todos esos
datos con los de Grande. Según afirmó, durante el juicio surgió la hipótesis de
que existían dos guardias en La Cacha con el apodo Pablo para implicar a su defendido, ya
que los datos no coincidian con este.
Afirmó que Grande
está acusado por hechos cometidos en La Cacha ,
pero no por sus tareas en el Destacamento de Inteligencia 101, en donde se
desempeñaba inocuamente como redactor dactilógrafo. Destacó que fue personal
civil, que no hizo cursos de inteligencia y que recién –según las constancias
de su legajo- pidió permiso para infiltrarse en la Facultad de Ciencias
Veterinarias de la
Universidad Nacional de La Plata en 1982.
Enumeró
desordenadamente los testimonios que mencionaron al guardia Pablo y concluyó que ninguno de ellos
apunta a su defendido, ya que las características que refieren no coincidirían
con Grande. Por otra parte, puso en duda todos los testimonios, desestimó los
reconocimientos fotográficos efectuados en la etapa de instrucción y durante
las audiencias, acusó a las querellas y al Ministerio Público Fiscal de ocultar
las pruebas que él aportó, sostuvo que “no
se puede pedir perpetua como si se repartieran golosinas” y calificó la
conducta de fiscales y querellantes como “falta
de ética” al acusar.
Criticó ampliamente
las líneas de investigación seguidas por el Juzgado Federal nro. 1 que instruyó
la causa; también las actuaciones del juez Manuel Humberto Blanco y,
fundamentalmente, la de sus secretarias Ana Cotter y Sandra Mañanes y la de
Alejandro Incháurregui, Director Provinicial de Registro de Personas
Desaparecidas.
A pesar de sus
quejas, sostuvo que no presentaría denuncias ni nulidades por las
irregularidades cometidas y que no pretendía la absolución de Grande por meros
tecnicismos. Finalizó su alegato con palabras que reflejan fielmente los
exabruptos que puso en escena durante el año:
“Señores jueces, mucho ruido, pocas nueces; mucha imputación, pocas
pruebas. No hay dudas: Chiara Vieyra es Pablo, Grande es inocente. Confío en
que van a hacer un fallo que entiendan, que entienda Grande, que entienda yo,
que más allá de lo que yo discutía con (Fernando) Buján de que creo que el
derecho… cuando se recurre tanto a Roxin, a Jacobs, a teorías extranjeras y
foráneas es porque hay algo que no cuaja.(…) Yo les pido cuando dicten la
sentencia me digan por qué miento, me digan por qué todas estas pruebas que yo
estoy señalando no son así. Que la convenzan a la familia de Claudio Grande y a
Claudio Grande de que hay prueba suficiente para acreditar que él es Pablo, el
represor de La Cacha ,
para que pueda entenderlo la sociedad y todos. Pero también les voy a pedir
otra cosa, y de esto estoy convencido: cuando hagan el fallo absolutorio,
háganlo para que toda la sociedad entienda que esta fue una investigación
basura, que no trepidó en violentar derechos y garantías de nadie, que fue
parcializada, que fue hecha con anteojeras, que se quedaron con los cuatro
reconocimientos, que no respetaron a la defensa, que no respetaron a nadie.
Señores jueces, no permitan que La
Cacha se cobre una víctima más: absuelvan a Claudio Grande.
Nada más.”
Después de un
cuarto intermedio, los jueces adelantaron que por mayoría –por el voto de los
jueces Pablo Jantus y Pablo Daniel Vega- decidieron la suspensión del juicio en
favor de Eduardo Gargano.
A continuación, fue
el turno del abogado Julio Ricardo Beley, defensor de Julio César Garachico.
Comenzó diciendo
que, a su entender, la causa en la que se investigan los homicidios de Luis
Eduardo Sixto Bearzi y Marcelo Gabriel José Bettini no se debería haber
unificado con la de los crímenes cometidos en La Cacha.
Dijo que su
defendido fue traído a juicio injustamente y que en Mar del Plata fue
investigado por apropiación de menores, pero que se comprobó que la supuesta
niña apropiada hace años era su hija.
Sostuvo también que
las partes no se respetaron, que él fue prejuzgado como “abogado de represor”,
pero que aceptó defender a Garachico porque, además de pagarle, considera que
se trata de una causa justa y de que el ex policía es inocente. Refirió que su
historia personal es ajena a lo que sucedía en la década del ´70; que más
adelante fue formado en Infantería de Marina y que defendió la democracia
cuando el 3 de diciembre de 1990 los carapintadas mataron a Hernán Pita.
Sobre la acusación
que pesa sobre Garachico, dijo que este fue inculpado solamente por haber sido
Jefe del Servicio de Calle de la Unidad Regional La Plata de la Policía de la Provincia de Buenos
Aires, pero que no existen pruebas que lo vinculen directamente con los
asesinatos de Bearzi y Bettini. Dijo que las querellas y la fiscalí no probaron
que no haya existido un enfrentamiento, tampoco que no tuvieran armas.
Dijo además que
tanto Bearzi como Bettini sabían que no debían portar armas porque estaba declarado
el estado de sitio y que sabían a lo que se enfrentaban si eran militantes
Montoneros. También sostuvo que no se le puede “achacar” la ingesta de veneno a
su defendido.
Agregó que nadie
demostró que la calle en donde fueron asesinados estuviera cortada, una de las
ocupaciones del Servicio Externo según las declaraciones de Garachico y que
para acusarlo solamente se basan en un documento de la Dirección de
Inteligencia de la Provincia
de Buenos Aires. A su juicio, no se sabe si el documento es verdadero. En
resumen, no tienen pruebas para incriminarlo.
Por todo eso dijo
esperar un fallo ejemplar y no una caza de brujas, una sentencia reparadora y
que no condenen sin pruebas. Adhirió a las nulidades planteadas por la defensa
oficial, solicitó que no se tenga en cuenta la prueba incorporada por lectura
sin control de las partes y dijo que esperaba que “al momento de tomar la decisión, sean iluminados por Dios, que es
fuente de toda razón y justicia”.
En último lugar
habló Jaime Lamont Smart, quien ejerce su propia defensa.
Comenzó sosteniendo
el pedido que hizo al iniciarse el juicio, no ser condenado nuevamente. Smart
considera que ya fue juzgado y condenado por motivos idénticos en la causa Circuito Camps hace unos años. También
pidió la nulidad de las acusaciones que incorporan hechos que el tribunal no
admitió.
Se refirió a las
imputaciones que se le hacen y la prueba que hay en su contra. A su juicio los
testimonios no lo involucran en nada. Por otra parte, afirmó que de él no
dependían ni el Servicio Penitenciario Bonaerense ni la Policía de la Provincia de Buenos
Aires en la época. El Ejército había “ocupado el país” el 24 de marzo de 1976 y
desde diciembre de1976, gracias a la ley provincial nro. 8686, la Policía pasó a depender
del Poder Ejecutivo de la
Provincia directamente, no a través del Ministerio de
Gobierno.
Dijo que la ley de
ministerios de 1974 fue modificada para hacer funcionar la administración
provincial de acuerdo con la nueva estructura, en la que tanto la Policía de la Provincia de Buenos
Aires como el Servicio Penitenciario Bonaerense no dependían de su cartera.
Sostuvo que las
pruebas presentadas en su contra son escasas. En cuanto a la escritura pública
por la que cedía el predio en el que funcionó La Cacha ,
dijo que el trámite se había iniciado unos dos años antes y que su firma,
estampada en mayo de 1977, ponía fin a un largo trámite; por su parte, el
Servicio Penitenciario ya usaba las instalaciones de lo que fue la antena de
Radio Provincia desde 1975.
También se refirió
a un documento encontrado en el archivo de la Dirección de
Inteligencia de la Policía
de la Provincia
de Buenos Aires (DIPPBA). Según Smart, se trata del pedido de información que
realizó por casos relacionados con irregularidades económicas.
Sobre la acusación
fiscal, dijo que si bien lo consideraron “el hombre de atrás”, él no formó
parte de la comunidad informativa; tampoco lo ubicaron claramente en la cadena
de mando y no encontraron elementos concretos para vincularlo con la lucha
contra la subversión; él no tuvo ninguna injerencia en ella. En este sentido,
reseñó un fallo del juez Alberto Recondo de fines de 2013 en la causa que
investiga los crímenes cometidos en 1 y 60 de La Plata ; según el juez no existían
pruebas suficientes para inculparlo.
En cuanto a los
asesinatos de Bearzi y Bettini, reconoció que la policía no confeccionaba
ningún sumario en la persecución de hechos subversivos, pero que los hacía
cuando debían justificarse ante un juez. Dijo también que lo normal hubiera
sido que quisieran atraparlos con vida y que los acusadores no probaron que
hubo un enfrentamiento. Afirmó que no se sabe qué pasó ni quiénes
intervinieron.
También se extendió
sobre las consideraciones sobre el suicidio y sostuvo que lo sucedido con
Bettini no fue homicidio.
En el final de su
exposición, le dedicó unos párrafos a su desempeño en el llamado “Camarón”.
Dijo que la Cámara
Federal en lo Penal de la Nación se estableció en 1971 por la creciente
actividad terrorista y las desapariciones. Fue una solución brindada por Jaime
Perriaux al dictador Alejandro Agustín Lanusse y fue disuelta en mayo de 1973.
Recordó que mientras funcionó emitió unas 600 sentencias que fueron revisadas
por la Corte Suprema
durante el gobierno de Héctor José Cámpora y que ninguna fue objetada. Según
Smart, a partir de la disolución de aquel cuerpo, recomenzaron las
desapariciones. Dijo que mientras existió, el Camarón intervenía y condenaba
justamente y que las fuerzas de seguridad tenían fe en los jueces. Haber
formado parte de aquella sigue siendo para él un motivo de orgullo.
Finalmente,
solicitó que el tribunal resuelva favorablemente la excepción por falta de
acción; si no, que declare la nulidad de las acusaciones por homicidio
calificado y se dicte su absolución por todas las imputaciones.
La próxima
audiencia fue convocada para el viernes 10 de octubre a partir de las 10.00 hs.
Se prevé escuchar las últimas palabras de los imputados y las respuestas de las
partes a las nulidades planteadas.
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